martes, 30 de septiembre de 2025

DECRETO DE CONMOCIÓN EXTERIOR.


La República Bolivariana de Venezuela es y será siempre Libre, Soberana e Independiente y su Presidente Constitucional es Nicolás Maduro Moros 

DECRETO DE CONMOCIÓN EXTERIOR : ESTADO DE LA CUESTIÓN 

Buenos días. Esto es lo que tienes que saber hoy, Sep 30
En palabras del presidente Nicolás Maduro, durante su programa semanal de televisión, "Con Maduro +", hizo un balance de la situación actual del país, analizó la amenaza bélica que nos tiene encima Estados Unidos y el inmenso respaldo que Venezuela recibió la semana pasada durante las jornadas de la Asamblea General de la ONU. 

Consulta nacional
Maduro informó anoche que ayer mismo comenzó el proceso de consulta nacional del decreto de conmoción exterior que se activaría si Estados Unidos atacara el país.

“Ya hoy arrancó el proceso de consultas del Decreto Constitucional de Estado de Excepción, para decretar un estado de conmoción exterior, de acuerdo a la Constitución y proteger nuestro pueblo”.

Decreto firmado.

Más temprano, durante una reunión del Consejo Nacional por la Soberanía y la Paz con el cuerpo diplomático acreditado en el país, la vicepresidenta Delcy Rodríguez informó que el presidente había firmado el decreto que, según la Constitución y las leyes venezolanas, le da al jefe del Estado poderes especiales para tomar decisiones en materia de seguridad y defensa. Y adelantó algunos aspectos:

Explicó que, llegado el momento, el decreto permitirá al Presidente movilizar de manera total la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en todo el territorio, tomar militarmente la infraestructura de los servicios públicos, incluyendo la industrias petrolera y minera, activar planes especiales de seguridad ciudadana, activar la Milicia Nacional Bolivariana, cerrar las fronteras, entre otras acciones.

Precisó también que, dentro de lo que permite la Constitución, en el momento de decretarse la conmoción exterior no se permitirá a nadie dentro o fuera del territorio que promueva, apoye, facilite o haga apología de una agresión militar externa contra Venezuela. En ese caso, esa persona “sería juzgada según las leyes de la república y con las plenas garantías de la Constitución”, advirtió.

¿Qué es la “conmoción exterior”?
Es una de las cuatro formas de estado de excepción que contemplan tanto la Constitución Bolivariana en sus artículos 337, 338 y 339, como la Ley Orgánica de Estados de Excepción (LOEE). Las otras tres son: estado de alarma, emergencia económica y conmoción interior.

La LOEE, en su Artículo 15, establece que el presidente de la República podrá “dictar medidas de orden social, económico, político o ecológico cuando resulten insuficientes las facultades de las cuales disponen ordinariamente los órganos de Poder Público para hacer frente” a los hechos que originaron el decreto.

Además de lo adelantado por la vicepresidenta, el estado de excepción asigna al Gobierno la facultad de requisar lo bienes muebles e inmuebles de propiedad particular que deban ser utilizados para restablecer la normalidad” (Artículo 24 de la LOEE). También la ley determina que “toda persona natural o jurídica, de carácter público o privado, está obligada a cooperar con las autoridades competentes” (Artículo 17) y que “el incumplimiento o la resistencia a la obligación de cooperar (…) será sancionado con arreglo a lo dispuesto en las respectivas leyes” (Artículo 18).

Tienes que tener presente que la firma de este decreto de conmoción exterior se da a solo días de que el medio estadunidense NBC citó a cuatro fuentes de la administración de Donald Trump que aseguraron que funcionarios militares de ese país están elaborando opciones para atacar objetivos dentro de Venezuela. Según el medio, los planes que se están discutiendo se centran principalmente en ataques selectivos con drones y podrían ejecutarse en las próximas semanas. O sea, la amenaza está más patente que nunca.

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